Embajada de Cuba en España

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Encontrándote fuera de Cuba seguramente que alguna vez has necesitado renovar tu pasaporte, solicitar una visa u obtener algún documento oficial, y entonces has pensado en recurrir a la embajada. Es necesario entonces aclararte algunas cosas.

De acuerdo con el Derecho Internacional Público, se denomina embajada a la misión diplomática de un Estado que se acredita ante otro Estado y mediante la cual se canalizan las relaciones oficiales entre ambos países y suelen establecerse en la ciudad capital del Estado anfitrión y viceversa. Por definición, una embajada se dedica a los vínculos de nivel estatal o gubernamental y de carácter público del Estado con el otro Estado ante el que se acredita, pudiendo tener consejeros o agregados que atiendan esferas específicas, como comercial, militar, prensa y otros, para mencionar los más comunes, cuya presencia convienen en cada caso los Estados interesados.

No debes confundir una embajada con un consulado, que es la representación de un país en otro distinto para la atención de asuntos particulares de personas individuales, ya sean naturales o jurídicas y ante todo de sus nacionales, por lo que sus actividades se relacionan más estrechamente con las instituciones del Derecho Internacional Privado. Es habitual que se establezcan en ciudades o territorios donde exista la mayor concentración de nacionales del país interesado.

Por tanto, si necesitas ayuda para solucionar un asunto privado, como los ya citados, a donde debes recurrir es a alguno de los consulados y no a la embajada, aunque estén relacionados entre sí y se encuentren establecidos simultáneamente, pero es común que se confundan las funciones de ambos tipos de misiones.

Los consulados son los que se ocupan de asuntos como establecer y renovar documentos oficiales; emitir partidas de nacimiento, de defunción, de matrimonio, entre otros; ofrecer atención y cuidado a los nacionales detenidos y controlar la legitimidad de los procedimientos judiciales correspondientes; establecer visados a extranjeros e informar acerca de los permisos de residencia o de trabajo, entre otras diversas tareas.

Cuba posee embajadas y consulados en casi todos los países con los que sostiene relaciones diplomáticas, pero pueden existir algunos en los que no se cumpla esta regla, por lo que en esos casos se habla de una representación concurrente, siendo ese el supuesto de la Embajada de Cuba en España, a la que le está atribuida la concurrencia ante el Principado de Andorra.

Cuba mantiene en el territorio del Reino de España cinco consulados generales, por lo que es importante que revises a qué consulado perteneces para cuando necesites hacer cualquier trámite. Esos consulados son los siguientes:

Consulado General de Madrid. Jurisdicción: Madrid, Castilla-La Mancha, Castilla y León, La Rioja, Navarra y País Vasco

Consulado General de Cuba en Barcelona. Jurisdicción: Cataluña, Aragón, Comunidad Valenciana, Murcia, Islas Baleares y el Principado de Andorra

Consulado General de Cuba en Sevilla. Jurisdicción: Andalucía y Extremadura así como los enclaves especiales de Ceuta y Melilla

Consulado General de Cuba en Santiago de Compostela. Jurisdicción: Galicia, Asturias y Cantabria

Consulado General de Cuba en Islas Canarias. Jurisdicción: Islas Canarias

La Embajada de Cuba en España responde a los datos de ubicación siguientes:

Dirección: Paseo de la Habana, No. 194, 28036, Madrid

Teléfono: +34 91 359 25 00

Fax: +34 91 359 6145

E-mail: secreembajada@ecubamad.com

Horario de atención: De lunes a viernes, de 9.00 a.m. a 6.00 p.m.

Si quieres más información y noticias de nuestras representaciones diplomáticas en España puedes consultar la página web: http://misiones.minrex.gob.cu/es/espana, en cuya columna de la derecha se encuentran las referencias a los consulados generales cubanos en ese país.

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